Recomendaciones del Ministerio de Salud para la comunidad ante la presencia de animales ponzoñosos en camalotes.
11/02/2016
Foto: SERTOX
La cartera sanitaria nacional aconseja evitar el contacto con especies que se trasladen sobre camalotes y utilizar rejillas en los desagües y mosquiteros en ventanas para que los alacranes no entren al domicilio.
El Ministerio de Salud de la Nación difunde una serie de recomendaciones para evitar accidentes con los alacranes que ingresan a las viviendas, o con animales, como serpientes y arañas, que llegan sobre los camalotes a partir de la crecida de los ríos.
En el caso de los alacranes o escorpiones, la mayoría de los accidentes se producen en los domicilios, por lo que las medidas de prevención deben estar orientadas a impedir el ingreso de los mismos a los hogares.
En este sentido, se recomienda utilizar rejillas en los desagües; controlar las entradas y salidas de cañerías, aberturas y hendiduras; colocar burletes o mosquiteros en puertas y ventanas; revocar las paredes, reparar grietas en pisos, paredes y techos y revisar cámaras subterráneas, cañerías y sótanos
En el área cercana al domicilio es importante la limpieza cuidadosa y frecuente; controlar la basura para reducir la cantidad de insectos como arañas y cucarachas de los que se alimentan los escorpiones; evitar la acumulación de materiales de construcción, escombros, leña y hojarasca y no juntarlos con las manos.
En cuanto a la protección personal, se debe revisar y sacudir prendas de vestir y calzados; sacudir la ropa de cama antes de acostarse o acostar a un bebe o un niño; tener cuidado cuando se examinan cajones o estantes; y no caminar descalzo en zonas donde se conozca la presencia de alacranes.
Frente a eventuales picaduras la recomendación es no recurrir tratamientos caseros; aplicar hielo y consultar rápidamente al médico. Si es posible, llevar el escorpión para que sea identificado.
Animales que se trasladan sobre los camalotes.
Con la crecida de los ríos pueden llegar especies sobre los camalotes como víboras, culebras, roedores, arañas y lagartos. Aunque la mayoría de ellos son inofensivos, pueden adoptar una posición defensiva y ocasionar lesiones si se sienten agredidos. Es por eso que se debe mantener distancia de estos animales y denunciar la presencia de especies peligrosas.
También la cartera sanitaria recomienda no nadar ni practicar ningún deporte acuático en aguas con presencia de camalotes e impedir que las mascotas entren en contacto con el agua porque pueden convertirse en transmisores de enfermedades como la leptospirosis.
Ante la picadura o mordedura de alguno de estos animales se debe concurrir al centro de salud más cercano, no tocar la herida, ni correr, ni hacer torniquetes.
Fuente: www.msal.gov.ar
Mayores requisitos para la habilitación de quienes elaboren y comercialicen repelentes de insectos
El Ministerio de Salud de la Nación, a través de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), exigirá mayores requisitos para aquellos que deseen obtener un certificado habilitante para realizar actividades de elaboración y comercialización de productos repelentes de insectos para uso humano, según publicó hoy el Boletín Oficial.
A través de la Resolución 327/2012, la nueva regulación establecida por la cartera sanitaria, dispuso la creación de un registro de productos repelentes de insectos de uso externo en seres humanos que reemplazará al mecanismo de admisión automática vigente hasta el momento. En consecuencia, no se autorizarán las formulaciones que contengan sustancias con efecto mutagénico o teratogénico, o que sean cáusticas, irritantes o sensibilizantes, entre otras características.
La normativa define a los mencionados productos como "aquellas sustancias, compuestos y/o preparaciones que se apliquen con el fin de repeler insectos y evitar de esta manera picaduras, las molestias o reacciones derivadas de ellas y la eventual transmisión de enfermedades en el caso de insectos vectores".
Asimismo, la resolución establece también que los productos no deberán proclamar en su rotulado, empaque o publicidad, que poseen una actividad terapéutica o acción específica para algún insecto en particular, ni hacer referencia a la prevención de enfermedades transmitidas por los mismos. La publicidad no deberá inducir a error en cuanto a los riesgos para el ser humano ni podrá incluir menciones como "producto de bajo riesgo", "no tóxico", "inofensivo", "ecológico", "natural", "indicado para niños", u otras leyendas similares.
La norma establece además que, en un plazo no mayor a 90 días, la ANMAT deberá establecer el registro y otorgará "un certificado habilitante para la comercialización y uso para aquellos productos que por sus características físico químicas aseguren su eficacia, seguridad, estabilidad y calidad durante su almacenamiento, transporte y uso".
Conforme lo estipula la normativa, el certificado habilitante tendrá una vigencia de cinco años, sin perjuicio de que pueda ser revisada en cualquier momento a la luz de los avances científicos y que se pueda exigir información adicional al titular del registro para su revisión.
La ANMAT, organismo que tiene como misión garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los productos de uso humano, será la autoridad de aplicación de la nueva normativa.
Fuente: www.msal.gov.ar